MENSAJE IMPORTANTE CON RESPECTO A LA NUEVA OPCIÓN DE DISTRIBUCIÓN POR DIFICULTADES DEBIDO A COVID-19
La Junta de Fideicomisarios ha adoptado una nueva opción de retiro por dificultades del Fondo de Anualidad para ayudar a los participantes durante este momento difícil mientras enfrentan consecuencias financieras imprevistas debido a la pandemia de COVID-19. Bajo esta opción, un participante activo (no jubilado) puede solicitar un retiro único de $ 10,000 de su cuenta (o el saldo completo de su cuenta, si el saldo es menor a $ 10,000). Los participantes aptos podrán enviar una solicitud a la Oficina del Fondo en cualquier momento a partir de ahora hasta el 10 de junio de 2020.
Las solicitudes pueden enviarse por correo a la Oficina del Fondo en los Fondos Fiduciarios del Consejo de Distrito de Mason Tenders, 520 Eighth Avenue, Suite 600, Nueva York, NY 10018-4196. Los participantes deberán completar una certificación junto con la solicitud. (He aquí un enlace para acceder a la solicitud y certificación, o bien, puede enviar un correo electrónico a pensionannuity@mtdctrustfunds.org para solicitar que la Oficina del Fondo le envíe la solicitud y la certificación.) Al igual que con todos los retiros del fondo, se requerirá el consentimiento del cónyuge si el saldo de la cuenta de un participante casado es o en algún momento fue superior a $ 5,000.
Este retiro único no contará para el límite actual del fondo de un retiro por dificultades no educativas por año calendario. Las solicitudes recibidas por la Oficina del Fondo antes del 15 de abril serán procesadas y pagadas a principios de mayo; las solicitudes recibidas entre el 16 de abril y el 10 de mayo se procesarán y pagarán a principios de junio; y las solicitudes recibidas entre el 11 de mayo y el 10 de junio se procesarán y pagarán a principios de julio. (La Oficina del Fondo está haciendo todo lo posible para procesar todas las solicitudes de beneficios de manera oportuna durante este momento tan difícil, así que le pedimos tenga paciencia en caso de retrasos).
Tenga en cuenta que algunos de estos retiros pueden calificar para cierta desgravación fiscal en virtud de la nueva Ley CARES federal: exención de la multa fiscal del 10% por distribución anticipada y pago de impuestos sobre la renta sobre la distribución durante un período de tres años. Los participantes deberán consultar a sus asesores fiscales para obtener asesoramiento sobre las consecuencias fiscales de cualquier retiro. El Fondo no brinda (ni puede) brindar asesoramiento fiscal.
De acuerdo con las reglas habituales del Fondo según la ley federal, los participantes (y su cónyuge, si están casados) deben tener su firma certificada ante notario para que su solicitud sea procesada. Reconocemos que es posible que algunos participantes no puedan acudir a un notario en este momento, pero varios estados (incluyendo Nueva York) ofrecen dichos servicios de manera virtual o remota para ayudar a las personas durante este tiempo. (Este enlace puede ser de utilidad: www.nationalnotary.org/notary-bulletin/blog/2018/06/remote-notarization-what-you-need-to-know.) Poder obtener servicios de un notario de manera virtual será de gran ayuda para los miembros que la necesiten.